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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39033
Fecha: 2012-03-13
Carátula: ROMAN Horacio Enrique C/ CANIO BURGOS Juan Bautista S/ USUCAPION
Descripción: A cedulas
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
HORACIO ENRIQUE ROMAN - Dr. MARCELA BEATRIZ LOPEZ
Italia 1872 (constituído)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "ROMAN Horacio Enrique C/ CANIO BURGOS Juan Bautista S/ USUCAPION” (Expte. N* 39033), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 07 de marzo de 2.012.- VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados: “ROMAN Horacio Enrique C/ CANIO BURGOS Juan Bautista S/ USUCAPION ” (EXPTE. N*39033 ).- Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, RESUELVO: declarar la caducidad de la instancia. Costas a la actora.- Regulo los honorarios de la Dra. Marcela Lopez, en $ 250.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 7, 8 y 21 ley 2212 RN).- Cúmplase con la Ley 869. Previo al archivo de la presente causa, intimese a la actora al retiro de la documentación original obrante en autos, bajo apercibimiento de agregarse al expediente y archivarse con la misma. Not. .- Cumplase por Secretaria.-NOTIFIQUESE Y REGISTRESE.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Gral.Roca, 13 de marzo de 2012.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
CAJA FORENSE
VILLEGAS 973 (constituído)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "ROMAN Horacio Enrique C/ CANIO BURGOS Juan Bautista S/ USUCAPION” (Expte. N* 39033), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 07 de marzo de 2.012.- RESUELVO: declarar la caducidad de la instancia. Costas a la actora.- Regulo los honorarios de la Dra. Marcela Lopez, en $ 250.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 7, 8 y 21 ley 2212 RN).- Cúmplase con la Ley 869... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Gral.Roca, 13 de marzo de 2012.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro