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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 25627/11
Fecha: 2012-03-12
Carátula: PUIG, LAURA ESTER ; POK, PAULA ; MOSCOVICH, MARCELO Y PENA, JOSE ALBERTO C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (Originarias)
Descripción: rech. apert.a a pruebas vist.PG
Expte.Nº 25627/11-STJ-
///MA, 12 de marzo de 2012.-
-----VISTO el pedido de apertura a prueba, de fs. 549/552, fundado en el replanteo de medidas probatorias denegadas en la instancia de origen y en el acaecimiento de hechos nuevos, y sustanciado el mismo con el responde de fs. 620/621, se observa que las medidas de pruebas peticionadas no resultan conducentes para el esclarecimiento de la cuestión ventilada en autos.- - - - -----Se advierte que al momento de resolver la apelación en curso, en el marco de la materia contencioso administrativo, el análisis será sobre la competencia del Municipio de San Antonio Oeste –Tribunal de Faltas- para aplicar las sanciones recurridas y si obró dentro de los límites de su competencia. Se trata sobre la legitimidad de los actos administrativos cuestionados. En síntesis, sobre la revisión del actuar administrativo que es el objeto del contencioso administrativo.- - - - - - - - - - - -----En dicho marco –proceso administrativo- la construcción de nuevas edificaciones en la misma zona en que se ubican aquellas motivo de la presente acción, no resultan hechos relevantes para el análisis del actuar administrativo que se denuncia como ilegítimo.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Por lo expuesto corresponderá desestimar el pedido de apertura a prueba y remitir las actuaciones a la Procuración General para que emita dictamen.- - - - - - - - - - - - - - - -
Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro