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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0794/96/6
Fecha: 2012-03-12
Carátula: BANCO BANSUD S.A. C/ FIGLIOZZI ELIO CESAR S/ EJECUCION HIPOTECARIA
Descripción: transfiere a sucesión
EXPTE. N° 0794/96/6
CARATULA: BANCO BANSUD S.A. C/ FIGLIOZZI ELIO CESAR S/ EJECUCION HIPOTECARIA
Viedma, marzo de 2012.-
Agréguese.-
Atento el estado y constancias de autos, advirtiendo que de fs. 86, 90 y 101 surge la cancelación del crédito de autos y que en consecuencia los fondos obrantes en la cuenta de autos (saldo del precio obtenido en la subasta -fs. 108, 111-), corresponden al demandado, a lo peticionado no ha lugar.-
En su mérito y tramitando por ante este juzgado la sucesión del demandado mediante Expte. nº 1003/00/6, caratulado: "Figliozzi Elio Cesar S/ Sucesión testamentaria", líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que deberá transferir de la cuenta de autos nº 122014955 la suma de $ 14.720,54 a una cuenta judicial en los autos citados precedentemente, a la orden de la suscripta, a cuyo fin ofíciese al Banco Patagonia S.A., debiendo informar al Juzgado el cumplimiento de la medida ordenada.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro