Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41679

N° Receptoría:

Fecha: 2012-03-12

Carátula: ESPINOZA Lucia Rosa S/ AMPARO (Salud Publica)

Descripción: ACTA- proveido Oficio al Hospital Cédulas a FISCAL ESTADO

En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, siendo las 9,30 hs. del día 12 de marzo de 2012, comparece ante mi Secretaria Autorizante la Sra. PATRICIA ELIZABETH FERRONI, D.N.I. N° 18.305.835, argentina, soltera, con domicilio real en Dr. Velazco y Chaco de Allen, quien manifiesta que viene a presentar acción de amparo contra SALUD PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO, a favor de la Sra. LUCIA ROSA ESPINOZA, D.N.I. N° 13.079.717, paciente que es atendida en el Hospital de Allen en razón que por padecer esta una lesión osteolítica en cabeza derecha de fémur con destrucción de articulación coxofemoral, con dolor intenso y medicada con morfina, fue intervenida el día 11-02-10 por el Dr. Cipitria.- Que ahora presenta un aflojamiento de tallo protésica y requiere cadera revisión de tallo urgente ya que en el transcurrir del tiempo pierde el stock óseo.- Por ello con fecha 8-11-11 se solicitó el primer pedido en forma urgente y luego con fecha 25-01-12 se reiteró el pedido de provisión urgente de prótesis al Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Río Negro, con entrega de los elementos solicitados en el Hospital de Allen y hasta la fecha no ha obtenido respuesta favorable.- Que dichos elementos son prótesis para reemplazo parcial de cadera de revisión tallo exeter pulido espejo, cabeza V40 cerámica e incluye dos dosis de cemento quirúrgico, kit cementación sistema mezclador de cemento mixevac y pistola de aplicación.- En razón que la demora en que ha incurrido Salud Pública, en proveer dicho material corre serios riesgos en la salud de la paciente por lo que promueve el presente recurso de amparo.- Acompaña documentación que avala su pedido y la urgencia en la provisión de la prótesis solicitada.- En conclusión peticiona a mérito de lo dispuesto por el art. 43 de la constitución provincial se ordene a SALUD PÚBLICA a proveer los elementos solicitados, ya que por su situación económica y familiar tampoco puede asumir el costo de la misma.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firma el compareciente por ante mi de lo que doy fe.-

General Roca, 12 de marzo de 2012.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Atento las características procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.-

En consecuencia, conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial, requiérase a SALUD PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO, un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista, el que deberá ser contestado en el plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO HORAS ( 48 HS.) asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantías de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza al instituto.-

En consecuencia líbrese oficio con adjunción de copia del acta y documentación.-

Notifíquese por cedula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Río Negro, con entrega de copias del acta.- CÚMPLASE POR SECRETARIA.-

Asimismo líbrese oficio al HOSPITAL DE ALLEN, a fin de que informe:

1.- Si la paciente LUCIA ESPINOZA D.N.I. N° 13.079.717, es atendida en dicho nosocomio, y en su caso diagnóstico y tratamiento aconsejado.-

2.- Si hay antecedentes que fue solicitado al Ministerio de Salud Pública la provisión de prótesis para intervenir en forma urgente a la paciente, y en su caso, respuesta dada a dicho pedido.-

Asimismo líbrese oficio al Dr. Eduardo Cipitria, a fin de que informe:

1.- Si atiende a la Sra. Lucia Espinoza, y en su caso, diagnóstico y tratamiento programado.-

2.- Si ha solicitado la provisión de prótesis para intervención quirúrgica, y en su caso, detalle la misma,

3.- Si ha solicitado la entrega de dicha prótesis por intermedio del Hospital de Allen.-

4.- Consecuencias que puede padecer la paciente en caso que no sea realizada la intervención quirúrgica. -

El oficio deberá ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

General Roca, 12 de marzo de 2012.-

A SALUD PUBLICA de la

PROVINCIA DE RIO NEGRO

Oficio Nro. 303

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "ESPINOZA Lucia Rosa S/ AMPARO (Salud Publica)" (Expte. 41679) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que brinde un amplio informe sobre la cuestion planteada por la amparista respecto de la paciente LUCIA ROSA ESPINOZA (DNI 13.079.717), el que deberá ser contestado en el plazo de 48 horas.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 12 de marzo de 2012...requierase a SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, un amplio informe sobe la cuestion planteada por la amparista...Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos- Juez".-

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 12 de marzo de 2012.-

Al HOSPITAL de la Ciudad de

ALLEN

Oficio Nro. 304

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "ESPINOZA Lucia Rosa S/ AMPARO (Salud Publica)" (Expte. 41679) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que brinde un amplio informe sobre la cuestion planteada por la amparista respecto de la paciente LUCIA ROSA ESPINOZA (DNI 13.079.717), el que deberá ser contestado en el plazo de 48 horas.- Asimismo deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto:

1.- Si la paciente LUCIA ESPINOZA D.N.I. N° 13.079.717, es atendida en dicho nosocomio, y en su caso diagnóstico y tratamiento aconsejado.-

2.- Si hay antecedentes que fue solicitado al Ministerio de Salud Pública la provisión de prótesis para intervenir en forma urgente a la paciente, y en su caso, respuesta dada a dicho pedido.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 12 de marzo de 2012...líbrese oficio al HOSPITAL DE ALLEN... Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos- Juez".-

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 12 de marzo de 2012.-

Al Dr. Eduardo CIPITRIA

Oficio Nro. 305

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "ESPINOZA Lucia Rosa S/ AMPARO (Salud Publica)" (Expte. 41679) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que en el plazo de 48 horas INFORME:

1.- Si atiende a la Sra. Lucia Espinoza, y en su caso, diagnóstico y tratamiento programado.-

2.- Si ha solicitado la provisión de prótesis para intervención quirúrgica, y en su caso, detalle la misma,

3.- Si ha solicitado la entrega de dicha prótesis por intermedio del Hospital de Allen.-

4.- Consecuencias que puede padecer la paciente en caso que no sea realizada la intervención quirúrgica. -

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 12 de marzo de 2012...líbrese oficio al Dr. Eduadro Cipitria... Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos- Juez".-

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA

Sr. FISCAL DE ESTADO de RIO NEGRO

ALVARO BARROS 328

VIEDMA (Rio Negro)

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "ESPINOZA Lucia Rosa S/ AMPARO (Salud Publica)" (Expte. N* 41679) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 12 de marzo de 2012... Notifíquese por cédula al sr. Gobernandor y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta...Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos- Juez".-

La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *

NOTA: Se adjunta copia del acta de fs. 9.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 12 de marzo de 2012.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

DIRECCION DE FISCAL DE ESTADO: 25 DE MAYO 565-1º PISO

CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA

Sr. GOBERNADOR de la PCIA. RIO NEGRO

LAPRIDA 212

VIEDMA (Rio Negro)

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "ESPINOZA Lucia Rosa S/ AMPARO (Salud Publica)" (Expte. N* 41679) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 12 de marzo de 2012... Notifíquese por cédula al sr. Gobernandor y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta...Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos- Juez".-

La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *

NOTA: Se adjunta copia del acta de fs. 9.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 12 de marzo de 2012.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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