Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 18767III

N° Receptoría:

Fecha: 2012-03-09

Carátula: CHILLEMI de Barda María y BARDA Angel S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: aprueba cesión

General Roca, 09 de marzo de 2012.s-

Téngase presente la aclaración formulada.-

Apruébase en cuanto ha lugar por derecho la cesión de derechos y acciones hereditarias sobre el automotor dominio R024041 realizada por José Alberto Barda, Nilda Susana Barda, Laura Alicia Marini y María Gabriela Marini (éstas últimas en su carácter de herederas de Ana María Barda), a favor de Diego Angel Alberto Barda, obrante a fs. 298/300.-

Previo a la inscripción del automotor deberá acompañarse condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones debidamente actualizadas.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro