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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0153/2009
Fecha: 2012-03-08
Carátula: NEUMANN RICARDO ERNESTO C/ TOLEDO QUESADA PATRICIO DEL TRANCITO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: REVOCATORIA C/APELACION
EXPTE Nº 0153/2009
CARATULA: NEUMANN RICARDO ERNESTO C/ TOLEDO QUESADA PATRICIO DEL TRANCITO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, marzo de 2012.-
Por interpuesto recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la providencia de fs. 168.-
Atento el estado de las presentes actuaciones y toda vez que los argumentos expuestos por el recurrente no conmueven los tenidos en cuenta al dictar la providencia de fs. 168, por cuanto la sentencia dictada a fs. 127/129 de autos no se encuentra firme atento que uno de los allí condenados aún no ha sido debidamente notificado y sin perjuicio del consentimiento implícito de la Aseguradora conforme el pago efectuado, a la revocatoria interpuesta no ha lugar, confirmándose la providencia recurrida.-
Conceder la apelación en subsidio conforme lo dispone el art. 248 del C.Pr., a cuyo fin elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones de Viedma. Sirva la presente de atenta nota de envío.-
s.b.s.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro