Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0107/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-03-08

Carátula: BERTHE NERY S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: INICIA SUCESION

EXPTE. Nº: 0107/2012.-

CARATULA: "BERTHE NERY S/ SUCESION AB INTESTATO".-

Viedma, marzo de 2.012.-

Por presentadas, parte y por constituido el domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el juicio sucesorio intestado del sr. NERY BERTHE.-

Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del C.P.C.C.). Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-

Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-

Conforme lo previsto por el art. 699 inc. 1) del C.P.C.C., notifíquese por cédula a los presuntos herederos.-

Advirtiéndose diferencias en la identidad del causante, hágase saber que deberá producirse la correspondiente información sumaria ó acompañar el certificado de nacimiento correspondiente.-

Hágase saber que en su oportunidad deberá acreditarse el fallecimiento del sr. Celso Mario Berthe.-

Al pedido de designación de administradora judicial, deberá requerirse la conformidad de todos los herederos.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro