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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1094/2010
Fecha: 2012-03-06
Carátula: USAI SERGIO ANTONIO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - ORDINARIOS- AUTOS PARA ALEGAR - se notifica por nota
EXPTE. Nº 1094/2010.-
CARATULA: USAI SERGIO ANTONIO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO.-
C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 223 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PARTE ACTORA:
DOCUMENTAL: Agregada a fs. 101/154.-
PERICIA CONTABLE: Producida a fs. 186/208. Observaciones de la parte demandada a fs. 212/215. Contesta Perito a fs. 220.-
PRUEBA DEMANDADA: (BANCO HIPOTECARIO SA)
PERICIA CONTABLE: Estése a lo dispuesto en la prueba de la parte actora.-
PRUEBA TERCERO CITADO: (ESTADO NACIONAL)
INFORMATIVA: Se declara su negligencia a fs. 223.-
SECRETARIA, marzo de 2.012.-
s. b. s.
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
Viedma, marzo de 2.012.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del CPCC.-
s. b. s.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro