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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40124
Fecha: 2012-03-06
Carátula: GALLARDI Diomedis S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: regula
//neral Roca, 06 de MARZO de 2.012.=
Téngase presente la conformidad de Rentas y por oblados el impuesto de justicia, sellados y contribuciones en autos.
Regulo, por la primer y segunda etapa los honorarios profesionales de la Dra. Paula Luengo en la suma de $3.200.- a cargo de los herederos y por la suma de $ 1.600.- a cargo de la cónyuge supérstite.- (M.B. $ 65.359,80.- arts. 6, 7, 8, 25 y 44 L.A. 2212.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Previo a la regulación por la tercera etapa deberá acompañarse condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones como asimismo libre deudas de Municipalidad, DGR y Aguas Rionegrinas del inmueble y libre inhibición del causante.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro