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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39981
Fecha: 2012-03-02
Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ SANO Hideki S/ EJECUTIVO
Descripción: regulación//nuevo apoderado
General Roca, 02 de marzo de 2012.s-
Proveyendo a fs. 56: Téngase presente la renuncia formulada.-
Regulo por las actuaciones de fs. 14/55, parte de ejecución, los honorarios de la Dra. Ana Zinkgraf en la suma de $ 500.-. (M.B. $ 17.828,72 -fs. 12.)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 7 y 8 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.-
Proveyendo a fs. 60: Agréguese el poder acompañado y téngase por presentado en el carácter invocado.-
Del nuevo domicilio constituido, traslado.-
Concédese el préstamo solicitado por el término de tres días.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro