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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0390/00/6
Fecha: 2006-02-28
Carátula: GONZALEZ CAMPANO ANGEL DANIEL S/ SUCESION
Descripción: PROVIDENCIAS DE ANGELA
EXPTE. Nº 0390/00/6
CARATULA: GONZALEZ CAMPANO ANGEL DANIEL S/ SUCESION
Viedma, febrero de 2006.-
Toda vez que no resulta necesaria la homologación solicitada, a la misma no ha lugar, debiendo en su caso y de acuerdo a lo ordenado a fs. 167 inscribir la declaratoria de herederos, con transcripción del acuerdo presentado a fs. 103 debidamente ratificado a fs. 107/109.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro