Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40870

N° Receptoría:

Fecha: 2012-02-29

Carátula: ORGANIZACION COMERCIAL DON TOMAS S.R.L. C/ EMELKA S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: Homologa acuerdo-regula

//neral Roca, 29 de FEBRERO de 2012.=

Téngase presente el acuerdo formulado por las partes y homológase el mismo con fuerza de sentencia. Notifíquese.

Téngase presente los honorarios pactados respecto al Dr. Dino Maugeri.

Regulo los honorarios del Dr. Justo Emilio Epifanio en la suma de $ 4.900 .- Dra. Marlene Sühs en $ 3.500 .- (M.B. $ 65.000.- arts. 6, 7, 8 y 39 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Oportunamente, pasen los presentes en vista a Rentas.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro