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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40870
Fecha: 2012-02-29
Carátula: ORGANIZACION COMERCIAL DON TOMAS S.R.L. C/ EMELKA S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: Homologa acuerdo-regula
//neral Roca, 29 de FEBRERO de 2012.=
Téngase presente el acuerdo formulado por las partes y homológase el mismo con fuerza de sentencia. Notifíquese.
Téngase presente los honorarios pactados respecto al Dr. Dino Maugeri.
Regulo los honorarios del Dr. Justo Emilio Epifanio en la suma de $ 4.900 .- Dra. Marlene Sühs en $ 3.500 .- (M.B. $ 65.000.- arts. 6, 7, 8 y 39 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Oportunamente, pasen los presentes en vista a Rentas.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro