include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39988
Fecha: 2012-02-29
Carátula: MOBARAK Jorge Jorge s/Sucesión C/ ALZAMENDI Jorge Gustavo S/ DESALOJO (Monitorio)
Descripción: Preliminar (SUMARISIMO)
Autos: "MOBARAK Jorge Jorge s/Sucesión C/ ALZAMENDI Jorge Gustavo S/ DESALOJO (Monitorio)" (Expte. Nro. 39988)- Juzgado Civil III
En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 29 de febrero de 2012, a las 9 horas, comparecen ante S.S. a la audiencia prevista para el día de la fecha, Malake Samia y el Sr. José Karim Mobarak con el patrocinio del Dr. Héctor Rubén Nieto, dejándose constancia de la no concurrencia del demandado. Abierto el acto, y ante la ausencia del demandado no hay posibilidades de llegar a un acuerdo por lo que se pasan a determinar los hechos controvertidos que consisten en: circunstancias que hacen al mejor derecho sobre el inmueble, vinculación existente entre las partes u operaciones que dieron lugar a la ocupación por parte del demandado, situaciones o acontecimientos que pueden dar lugar a la restitución al actor. En razón de ello, se abre el juicio a prueba por el término de veinticinco días de lo que quedan las partes notificadas en este acto. Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora a fs.12 vta. DOCUMENTAL: Téngase presente.
INFORMATIVA: Para que informen sobre lo requerido en el término de veinte días días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/9 del C.P.C., líbrese oficio a la Municipalidad, Rentas y Aguas Rionegrinas de Maquinchao.- En este acto el Dr. Nieto manifiesta que desiste del oficio al Registro de la Propiedad Inmueble por no ser hecho controvertido la titularidad del inmueble. Proveyendo la prueba ofrecida por el demandado Jorge G. Alzamendi (fs. 30). DOCUMENTAL: Téngase presente. PERICIAL CALIGRÁFICA: No ha lugar por no ser hecho controvertido. INFORMATIVA EN SUBSIDIO: Se rechaza por no haberse suministrado los datos pertinentes.-. No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro