Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0092/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-02-28

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ CARACCIOLO FABIAN ALEJANDRO S/ EJECUTIVO

Descripción: PROVIDENCIA INICIAL - reserva documental

EXPTE. Nº 0092/2012

CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ CARACCIOLO FABIAN ALEJANDRO S/ EJECUTIVO

Viedma, febrero de 2.012.-

Por presentado, parte y por constituído el domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada, resérvese la original en Secretaría bajo registro C-34/12.-

Toda vez que el documento base de la presente acción carece de índice de interés pactado, a lo solicitado no ha lugar, debiendo estarse a la resolución que a continuación se dicta.-

Hágase saber que la reposición de sellado faltante por Impuesto de Justicia: $ 4,68 se ordena con cargo de rendición de cuentas por parte del letrado interviniente oblando en la etapa procesal oportuna los importes liquidados "ut supra" en tales conceptos en el correspondiente formulario de declaración jurada de apertura a juicios con el sello de intervención de la entidad bancaria y acompañarlo a autos, todo ello bajo apercibimientos de ley y de conformidad a lo dispuesto por Acordada 10/03 STJ Anexo 1, art. 6, Acordada 50/03 STJ art. 10, Ley 2716 arts. 13, 15 y 18 2° párrafo y art. 158 Ley 2430).-

E Z

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro