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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39908
Fecha: 2012-02-23
Carátula: BICHARA Victor Alberto S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: providencia
General Roca, 23 de febrero de 2012.s-
Atento a que la complejidad de la causa se agravaría de no recabar las opiniones de los expertos que ya se han expedido en autos, y sin perjuicio de designarse con posterioridad otro profesional de la materia, a la revocatoria, no ha lugar.-
Concédese la apelación en subsidio deducida.-
Importando el escrito presentado los fundamentos de la apelación, córrase traslado del memorial a la contraria. Not.-
Oportunamente elévense las actuaciones a la Cámara con debida nota.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro