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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32717III
Fecha: 2012-02-22
Carátula: SANDOVAL PINILLA María Inés S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: DECLARATORIA
//neral Roca, 22 de FEBRERO de 2012.=
VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "SANDOVAL PINILLA MARIA I. S/SUCESION" (Expte. Nro. 32.717-III-00).-
CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de María Inés Sandoval Pinilla ocurrido el 12 de agosto de 1998 en GeneralRoca (Río Negro), certificado a fs.4.
La causante se encontraba unida en matrimonio con Pedro María Norambuena Arias, por acto celebrado el 31 de mayo de 1944 en Curacautin, Región Victoria (Chile), certificado a fs. 8.-
De dicha unión nació:
Luis Heraldo: el 12 de noviembre de 1945 en Curacautín, Región Victoria (República de Chile), certificado a fs. 5.-
A fs. 13 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-
A fs. 19 y 33 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre de la causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-
A fs. 21/3 y 26/9 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-
Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,
RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de MARIA INES SANDOVAL PINILLA, le sucede en el carácter de único y universal heredero su hijo LUIS HERALDO NORAMBUENA SANDOVAL, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde al cónyuge supérstite PEDRO MARIA NORAMBUENA ARIAS sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.
NOTIFIQUESE y REGISTRESE.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro