include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38146
Fecha: 2012-02-22
Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA C/ FERRARIS Francisco Pablo y Otros S/ EJECUTIVO
Descripción: regula honorarios
General Roca, 22 de febrero de 2.012.-
Téngase presente la renuncia formulada.-
Atento las constancias de fs. 24, regúlanse los honorarios del Dr. Pablo Bergonzi en la suma de $ 540.- (M.B.$ 2.163,08, ampliación de ejecución de fs. 35 y 45) (arts. 6, 8,41 ley 2212 R.N.).
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Agréguese el poder acompañado y téngase por presentado en el carácter invocado.-
Del nuevo domicilio constituido, traslado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro