Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37071

N° Receptoría:

Fecha: 2006-02-28

Carátula: SORENSEN Pablo Miguel y O. C/CIMADEVILLA Luciana y Otro S/ Sumario

Descripción: contestan demanda.Cita en garantia.-

//neral Roca, 28 de Febrero de 2006.-

Proveyendo el escrito de fs. 2938, por presentada, parte y con domicilio legal constituido.-

Téngase por contestada la demanda por la Sra. LUCIANA CIMADEVILLA.-

De la documental acompañada, traslado a la parte actora.-NOT.-

En atención a lo manifestado, cítese en garantía en los términos del art. 118 de la Ley 17418 a la CIA DE SEGUROS EL PROGRESO + ASTRO SEGUROS por el término de DIEZ a fin de que comparezca en autos a ejercer sus derechos.-NOTIFIQUESE con entrega de las respectivas copias de traslado a cuyo fín líbrese cédula .-

Proveyendo el escrito de fs. 2942, por presentado, parte y con domicilio legal constituido,.

Téngase por contestada la demanda en legal tiempo y forma por el Sr. SEBASTIAN CIMADEVILLA.-

De la documental acompañada, traslado a la parte actora.-NOT.-

En atención a lo manifestado, cítese en garantía en los térmirnos del art. 118 de la Ley 17418 a la CIA DE SEGUROS EL PROGRESO + ASTRO SEGUROS por el término de DIEZ a fin de que comparezca en autos a ejercer sus derechos.- NOTIFIQUESE con entrega de las respectivas copias de traslado a cuyo fín líbrese cédula.-

Las cédulas precedentemente ordenadas deberán ser despachadas en el término de CINCO días, todo ello bajo apercibimiento de tener por desistida a la citada en garantía.- NOT.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro