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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0819/2007
Fecha: 2012-02-17
Carátula: GAZIA JUAN BAUTISTA C/ BANCO MACRO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - ORDINARIOS- AUTOS PARA ALEGAR - se notifica por nota
EXPTE. Nº 0819/2007.-
CARATULA: GAZIA JUAN BAUTISTA C/ BANCO MACRO S.A. S/ ORDINARIO.-
C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 95, a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PRUEBA ACTORA (Gazia)
DOCUMENTAL EN PODER DE TERCERO: Prueba desistida a fs. 94.-
INFORMATIVA: De la empresa Veraz S.A. (fs. 77/80) y al Banco de la Nación Argentina (fs. 89/91).-
PRUEBA DEMANDADA (Banco Macro S.A.):
INSTRUMENTAL: Expte. administrativo de la Dirección de Comercio Interior de la Provincia de Río Negro, reservado en Secretaría bajo registro G-09/09.-
SECRETARIA, febrero de 2.012.-
R .B.
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
Viedma, febrero de 2.012.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del CPCC.-
R .B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro