Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0819/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2012-02-17

Carátula: GAZIA JUAN BAUTISTA C/ BANCO MACRO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - ORDINARIOS- AUTOS PARA ALEGAR - se notifica por nota

EXPTE. Nº 0819/2007.-

CARATULA: GAZIA JUAN BAUTISTA C/ BANCO MACRO S.A. S/ ORDINARIO.-

C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 95, a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PRUEBA ACTORA (Gazia)

DOCUMENTAL EN PODER DE TERCERO: Prueba desistida a fs. 94.-

INFORMATIVA: De la empresa Veraz S.A. (fs. 77/80) y al Banco de la Nación Argentina (fs. 89/91).-

PRUEBA DEMANDADA (Banco Macro S.A.):

INSTRUMENTAL: Expte. administrativo de la Dirección de Comercio Interior de la Provincia de Río Negro, reservado en Secretaría bajo registro G-09/09.-

SECRETARIA, febrero de 2.012.-

R .B.

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

Viedma, febrero de 2.012.-

Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del CPCC.-

R .B.

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro