include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 29609III
Fecha: 2012-02-17
Carátula: PURRAYAN Olegario S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: a Caja Forense//prov
General Roca, 17 de febrero de 2012.s-
Proveyendo a fs. 494: Del aporte acompañado, vista a Caja Forense.-
Proveyendo a fs. 495: Téngase presente lo manifestado y atento lo dispuesto por el art. 727 del C.P.C., déjese sin efecto el proveído de fs.483 y desígnase perito partidor al Dr. Carlos Aroca Alvarez con domicilio en Misiones 1.878 de General Roca, quien deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado y llevar adelante su cometido en el término de quince días, bajo apercibimiento de remoción. Not.-
Exponiendo temas que se refieren a la actuación del administrador y las cuentas que deberían aprobarse en autos, atento el tiempo transcurrido no es de aplicación el art. 713 del C.P.C. por lo que deberá promover incidente de rendición de cuentas.
Correspondiendo mantener la integridad del acervo hereditario para su partición, no habiéndose encaminado debidamente por los interesados el trámite para llegar a dicha definición, previamente deberá estarse al resultado que emita el partidor designado en un tiempo prudencial y en su caso de ser imposible dicho acto se procederà a la subasta judicial.-
Proveyendo a fs. 496: A lo solicitado no ha lugar y estése a lo proveído precedentemente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro