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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0863/2007
Fecha: 2012-02-16
Carátula: CARRASCO CASTRO GLADYS ADELINA C/ MILLAN FRANCISCO MERINO S/ ORDINARIO
Descripción: no ha lugar - ocurrir por la vía y forma que corresponda
EXPTE. Nº 0863/2007
CARATULA: CARRASCO CASTRO GLADYS ADELINA C/ MILLAN FRANCISCO MERINO S/ ORDINARIO
Viedma, febrero de 2.012.-
Atento el estado de autos y teniendo en cuenta el apercibimiento dispuesto en la sentencia dictada a fs. 102, a lo solicitado no ha lugar, debiendo en su caso ocurrir por la vía y forma que corresponda (art. 513 y 208 del C.Pr.).-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro