Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40455

N° Receptoría:

Fecha: 2012-02-15

Carátula: ANHERCHEGER Mario Darío C/ S.A. IMPORTADORA y Export. de la Patagonia S/ ORDINARIO

Descripción: Certif. prueba

Expte. 40455.-

//neral Roca, 15 de febrero de 2012.-j

Certifique la Actuaria.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sra. Juez:

CERTIFICO que, teniendo a la vista los autos "ANHERCHEGER Mario Darío C/ S.A. IMPORTADORA y Export. de la Patagonia S/ ORDINARIO" (Exp. Nro. 40455), el término probatorio se encuentra vencido habiéndose producido la siguiente de la parte actora: DOCUMENTAL, TESTIMONIAL de Oscar Miranda. Resta producir la CONFESIONAL del Representante Legal de S.A. Importadora y Exportadora de la Patagonia.-

De la prueba de la parte demandada se produjo la DOCUMENTAL. Resta producir la INFORMATIVA a Asociación Concesionaria de Automotores de la República Argentina.-

Secretaría, 15 de febrero de 2012.-j

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 14 de febrero de 2012.-j

Al decreto de negligencia solicitado, no ha lugar, atento que existe prueba pendiente de producción, ofrecida por la parte actora.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro