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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40455
Fecha: 2012-02-15
Carátula: ANHERCHEGER Mario Darío C/ S.A. IMPORTADORA y Export. de la Patagonia S/ ORDINARIO
Descripción: Certif. prueba
Expte. 40455.-
//neral Roca, 15 de febrero de 2012.-j
Certifique la Actuaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sra. Juez:
CERTIFICO que, teniendo a la vista los autos "ANHERCHEGER Mario Darío C/ S.A. IMPORTADORA y Export. de la Patagonia S/ ORDINARIO" (Exp. Nro. 40455), el término probatorio se encuentra vencido habiéndose producido la siguiente de la parte actora: DOCUMENTAL, TESTIMONIAL de Oscar Miranda. Resta producir la CONFESIONAL del Representante Legal de S.A. Importadora y Exportadora de la Patagonia.-
De la prueba de la parte demandada se produjo la DOCUMENTAL. Resta producir la INFORMATIVA a Asociación Concesionaria de Automotores de la República Argentina.-
Secretaría, 15 de febrero de 2012.-j
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 14 de febrero de 2012.-j
Al decreto de negligencia solicitado, no ha lugar, atento que existe prueba pendiente de producción, ofrecida por la parte actora.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro