Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0589/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2012-02-14

Carátula: REY LORENA PAOLA C/ CORNEJO CELSO CARLOS S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)

Descripción: AUDIENCIA ART. 368 C.Pr.

EXPTE Nº 0589/2009

CARATULA: REY LORENA PAOLA C/ CORNEJO CELSO CARLOS S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)

Viedma, febrero de 2012.-

Hágase saber a la parte actora que deberá individualizar las pruebas de la contraria cuya negligencia pretende.-

Sin perjuicio de existir prueba pendiente de producción de las partes, atento lo que surge del acta de fs. 195 y encontrándose producida la prueba pericial contable, corresponde en este estado señalar la audiencia prevista por el art. 368 de C.Pr.-

En consecuencia, fíjase audiencia para el día 26 de ABRIL de 2012 a las 09:30 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial por la parte actora: MIGUEL RANUCCI; FABIAN RESSLER; ALFREDO RAMOS; EVA MACAYA; MARIANELA BOCCA; MARIO REDONDO y NESTOR HUGO PACHECO y por la parte demandada: sres. JAVIER EDISON TOLOSA; DIEGO MATIAS AVILES; AVELINO MONTUPIL; EVA MACAYA; SERGIO ALFREDO FROILAN; MIGUEL RANUCCI; RICARDO MARTINEZ y MARIANELA BOCCA, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 03/05/12 a las 11:00 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.-

A los fines de recepcionar la declaración testimonial del sr. JOSE VARGAS, líbrese oficio al Juzgado de Igual Clase y en Turno con Jurisdicción en Cipolletti, debiéndose transcribir el interrogatorio correspondiente que obra reservado en Secretaría. Tiénese presente las personas autorizadas para intervenir en su diligenciamiento.-

Hágase saber que deberá informar el Juzgado en que ha quedado radicado el oficio y las fechas de audiencias que se designen de conformidad con lo previsto en el art. 454 C.Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Notifíquese a las partes por Secretaría las audiencias dispuestas precedentemente, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

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