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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0913/2011
Fecha: 2012-02-14
Carátula: LAVEZZO DORISY ELIZABETH C/ OLEGO EVANGELINA Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: CONTESTA DEMANDA ASEGURADORA
EXPTE. Nº : 0913/2011.-
CARATULA: "LAVEZZO DORISY ELIZABETH C/ OLEGO EVANGELINA Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)".-
VIEDMA, febrero de 2012.-
Por presentado, parte en el carácter invocado conforme copia de poder adjunta y por constituído domicilio.-
Por contestada en tiempo y forma la demanda.-
A la intimación en la forma solicitada no ha lugar, debiendo en su caso estarse a la etapa procesal oportuna.-
Hágase saber al profesional interviniente que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro