Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38861

N° Receptoría:

Fecha: 2012-02-14

Carátula: NAJUL Margarita S/ PROCESO SUCESORIO (Ex 1547-XI-06)

Descripción: Regulación

Expte. 38861.-

//neral Roca, 14 de febrero de 2012.-j

Proveyendo el escrito de fs. 422, atento el estado de autos al préstamo solicitado no ha lugar.-

Proveyendo el escrito de fs. 429, agréguese y certifíquense las copias acompañadas.-

Hágase entrega del título de fs. 92/7 con debida constancia.-

Regulo los honorarios de la Sra. Alicia Susana Del Lujan Najul por las tareas desarrolladas en su función de administradora judicial de la sucesión y en merito a lo dispuesto por el art. 715 del C.P.C. en la suma de $ 750.- a cargo de los herederos. (M.B. $ 7.516,86 rendiciones de fs. 221, 243, 263, 344, 377, 414 ).-

Respecto al pase a Caja Forense, atento el dictamen de fs. 386 aclare y se proveerá.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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