Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 16356-178-11

N° Receptoría:

Fecha: 2012-02-14

Carátula: CONCORDE S.A. / GARCIA CANO GUSTAVO Y OTROS S/ MEDIDA CAUTELAR, QUEJA

Descripción: Extráiganse del acuerdo.

Expte. nro.: 16356-178-11

San Carlos de Bariloche, 14 de febrero de 2012.-

Por evidentes razones de conexidad, hágase saber a las partes que los recursos pendientes en las distintas causas (nros. 16416-196-11; 16375-184-11; 16356-178-11 y 16298-162-11) se tramitarán de manera conjunta.

Extráiganse del acuerdo. Practíquese, oportunamente, cómputo de plazos para fallar. Notifíquese.-

EDGARDO JORGE CAMPERI

Presidente

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Poder Judicial de Río Negro