include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0272/2008
Fecha: 2012-02-13
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ SONDA LEANDRO GABRIEL Y OTRA S/ EJECUTIVO
Descripción: CEDULA SECRETARIA-con preguntas por pantalla
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
___________
C É D U L A
Señor: Berta Arriola
Domicilio: Esc. 4 2P Dpto. D Bº América - (real)
Ciudad: Viedma
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CONFIAR S.R.L. C/SONDA LEANDRO GABRIEL Y OTRA S/EJECUTIVO", Expte. Nº 0272/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, febrero 9 de 2.012.-...Hágase saber a los demandados la existencia de fondos remanentes. Notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
NOTA: se le hace saber que la suma para cobrar es de $ 276 para su percepción deberá concurrir a este Juzgado munido de su documento de identidad cualquier día hábil dentro del horario de 8.00 hs. a 11.00 hs. ó comunicarse telefonicamente al nº 02920-441092.-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de febrero de 2012.-
*05TXHO.1JMVND*
<*****>
Poder Judicial de Río Negro