Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36977CPD

N° Receptoría:

Fecha: 2006-02-27

Carátula: PUERTA de Martinez Alicia C/CHEEK S.A. S/ Ordinario (C.P.D.)

Descripción: Provee pruebas

//neral Roca, 27 de FEBRERO de 2007.=

Proveyendo la prueba ofrecida por la DEMANDADA:

DOCUMENTAL: téngase presente.

INFORMATIVA: a fin de que informen sobre lo requerido, en el plazo de diez días las oficinas privadas líbrese oficios a Veroaguna SRL, Sras. María E. Cordero, Marcela A. Labadie, María del Carmen Lopez, Susana Liliana Peovich, María Silvia Ardenghi y Laura Llamosas, Antihuenu Hue SA, bajo apercibimiento del art. 399 del CPC.

TESTIMONIAL: para la declaración de María Juana Gonzalez, Gilda Prawda, Martin Alberto Arteaga Etchegaray, Javier Hernán Molina y Pablo Martin Alarcon, póngase a disposición de las partes el pliego de interrogatorio acompañado, por el término de cinco días.

FECHO: Líbrese oficio Ley 22172 al Sr. Juez de igual clase y en turno con jurisdicción en el domicilio de los demandados, con adjunción del pliego correspondiente a cuyo fin desglósese el mismo, debiendo comunicar al Tribunal con debida antelación lugar y fecha de las audiencias a celebrarse a los fines del control a la contraria. Téngase presente las personas facultadas para el diligenciamiento.

TESTIMONIAL: para la declaración de Carla Battaglia y Lía Alejandra Kucher, atento el domicilio de las mismas, póngase a disposición de las partes el pliego de interrogatorio acompañado, por el término de cinco días.

FECHO: Líbrese oficio Ley 22172 al Sr. Juez de igual clase y en turno con jurisdicción en NEUQUEN, con adjunción del pliego correspondiente a cuyo fin desglósese el mismo, debiendo comunicar al Tribunal con debida antelación lugar y fecha de las audiencias a celebrarse a los fines del control a la contraria. Téngase presente las personas facultadas para el diligenciamiento.

PERICIAL CONTABLE en extraña jurisdicción, de los puntos de pericia, traslado.

PERICIAL CONTABLE, de los puntos de pericia, traslado.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro