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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33955III
Fecha: 2006-02-27
Carátula: MUX Roberto Eduardo S/ Concurso Preventivo
Descripción: resolucion a protocolo
General Roca 27 de febrero de 2006.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " MUX ROBERTO EDUARDO s/ CONCURSO PREVENTIVO " (Expte. Nº 33.955-III-01).-
Conforme lo dispone el art.52 LCQ corresponde expedirse sobre la homologación del acuerdo propuesto por la concursada a fs.159, por cuanto no se han deducido impugnaciones y han prestando conformidad los acreedores según las previsiones fijadas por la ley al respecto.-
A fs.247/248 el síndico presenta los cómputos realizados exponiendo que se han logrado las mayorías que impone el art. 45 LCQ, recomendando la homologación del acuerdo.-
El resultado aludido advierte sobre la voluntad de los acreedores, en el sentido de que la concursada mantenga la administración de sus bienes, incidiendo ello en el plano social-económico, al mantenerse la explotación de la empresa y la fuente de trabajo.-
El esfuerzo realizado para lograr el acuerdo surge de las constancias de autos, con una permanente gestión ante acreedores de montos de importancia económica, entidades públicas y bancarias.-
Por todo ello y lo dispuesto por los arts.52, 54, 265 inc. 1 y 266 y cc. de la ley 24522.-
RESUELVO: Homologar en todas sus partes el acuerdo que celebrara la concursada ROBERTO EDUARDO MUX con los acreedores y cuyos alcances surgen de la propuesta obrante a fs.159.-
Regular los honorarios profesionales de los Dres. Juan Luis Brunetti en $ 1.125.- Alejandra Carla Brunetti en $ 1.125.- los de la Cra. Gladys Ondicol en $ 5.250.- y los de la Dra. Maria Belén Delucchi en $ 1.000.- a cargo de sindicatura.-
Se deja constancia que los honorarios fueron determinados sobre un activo de $ 188.144.- y un pasivo de $ 375.484,84 (fs. 144 vta.).-
Se fija a favor del Consejo Profesional de Ciencias Económicas la suma de $ 213.- que corresponden al 5% de los honorarios regulados a la Cra. Ondicol.-
Procédase por Secretaria a liquidar impuestos y contribuciones.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese, cúmplase con la ley 869 y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sra. JUEZ:
De acuerdo a lo ordenado precedentemente, procedo a la liquidación de impuestos de justicia, sellado de actuación y contribuciones que deberán ser oblados en los presentes:
MONTO BASE..........................$ 231.514,28.-
IMPUESTO DE JUSTICIA........$ 5.787,86.-
SELLADO DE ACTUACION....$ 30.-
COLEGIO DE ABOGADOS....$ 463,02.-
Secretaría, 27 de febrero de 2006.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro