Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40001

N° Receptoría:

Fecha: 2012-02-08

Carátula: SARDANS S.A. C/ ECO PUR 96 de Argentina S.A. y Otro S/ ORDINARIO

Descripción: agreg. ofs.////Audiencia de prueba

Expte. 40001.-

//neral Roca, 08 de febrero de 2012.-j

Agréguese.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

Autos: "SARDANS S.A. C/ ECO PUR 96 de Argentina S.A. y Otro S/ ORDINARIO" (Expte. Nro. 40001)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 8 de febrero de 2012, a las 9 horas, comparecen ante SS, el Sr. Luis Mauro González representante legal de SARDANS S.A. con la asistencia de su letrada apoderada Dra. Lorena Asunción González, y el Dr. Juan Carlos Cialceta como apoderado de ECO PUR 96 DE ARGENTINA SA. Abierto el acto absuelven posiciones el Representante legal de SARDANS S.A. Sr. LUIS GONZALEZ. Seguidamente declaran los testigos DELIA RAQUEL FEDALTO DNI 12.292.699, nacionalidad argentina, estado civil casada, ocupación docente, domicilio en Remedios de Escalada 262 de Villa Regina.- , CARLOS RICARDO GUAIQUIMIL DNI 10.913.336, nacionalidad argentino, estado civil casado, ocupación empleado, domicilio en O Higgins 1619 de General Roca .-, JUAN SEBASTIAN ACUÑA DNI 11.113.971, nacionalidad argentino, estado civil casado, ocupación constructor, domicilio en Las Heras 1349 de esta ciudad.- y CARLOS MARTIN MEDHI DNI 29.049.684, nacionalidad argentino, estado civil soltero, ocupación productor, domicilio en Chacra 407 Ing. Huergo y legal Paraguay 995 de General Roca. Con respecto al testigo Medhi habiendo sido ofrecido por Expreso Santa Rita SA no habiendo pliego de preguntas al día de la fecha, se autoriza al mismo a retirarse del Tribunal.- Del testigo JOSÉ LUIS AVILA, se desiste en este acto. Tomadas todas las declaraciones testimoniales se hace saber a las partes que deberán entregar al Tribunal en el término de TRES días los correspondientes DVDs para la grabación de las audiencias. No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

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Poder Judicial de Río Negro