Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0306/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2012-02-06

Carátula: REYES FACUNDO SAMUEL DAVID C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: NOT. LEY 869 EXPTES. ARCHIVO prof. y condenado en costas

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

C E D U L A

Señor: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA

Domicilio: Buenos Aires nº 68 - 1º Piso Of "C" (const.)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "REYES FACUNDO SAMUEL DAVID C/MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)", Expte. Nº 0306/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvertti, Secretaría única, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, febrero de 2.012.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase al profesional interviniente y al condenado en costas a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras - Prosecretaria".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de febrero de 2012.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

*05TXHO.D7ZICL*

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Poder Judicial de Río Negro