Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0269/2003

N° Receptoría:

Fecha: 2006-02-24

Carátula: ZAGARI NICODEMUS C/ MANQUELEF SILVIO ALEJANDRO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA - EJECUTIVO

Descripción: COBRO POR BANCO CUALQUIER MONTO (PROV.)

EXPTE. Nº 0269/2003.-

CARATULA: ZAGARI NICODEMUS C/ MANQUELEF SILVIO ALEJANDRO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA - EJECUTIVO.-

Viedma, febrero de 2006.-

Agréguese el saldo bancario acompañado.-

Atento el estado de autos y constancias de la causa, líbrese orden de pago a favor de la Dra. María Rita Custet Llambí por la suma de $ 133,12 en concepto de capital e intereses, teniéndose por cancelado el crédito reclamado. A sus efectos, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A..-

Conforme lo solicitado a fs. 42, teniendo en cuenta el estado y constancias de las presentes actuaciones y a los fines regulatorios deberá tomarse en cuenta los fundamentos expuestos y desarrollados en las resoluciones dictadas en los autos caratulados: "Schmitt Carlos Alberto c/ Lamas Alicia Ester y Otro s/ Ejecutivo" Expte. n° 1745/01/5 en fecha 15/10/04 mediante Auto Interlocutorio n° 503 folios 691/692 y "Martinez Juan Carlos c/ Curruhinca, Angel Cristino y Otro s/ Ejecutivo" Expte. nº 124/03 en fecha 07/03/05 mediante Auto Interlocutoria nº 30 folios 37/38, entre otros, por lo cual se regulan los honorarios profesionales de la Dra. María Rita Custet Llambí por la etapa de ejecución de sentencia, en la suma de $ 50. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-

R.B.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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