Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40270

N° Receptoría:

Fecha: 2012-02-06

Carátula: PITTOCCO Cesar Osvaldo C/ ROMERO Esteban Daniel y Otros S/ ORDINARIO

Descripción: HOMOLOGA Acuerdo-Regula

//neral Roca, 06 de FEBRERO de 2012.

Téngase presente el acuerdo arribado por las partes y homológase el mismo con fuerza de sentencia . Notifíquese.

Hágase saber a O.S.P.S.A -Obra Social del Personal de Sanidad Argentina y al demandado Esteban Romero . Notifíquese.

Regulo los honorarios del Dr. Santiago Nilo Hernández en $ 1.560.-, los del Dr. Oscar Pablo Hernández en $ 3.900.-Dr. Juan Francisco Alberdi en la suma de $ 3.000.- (M.B. $ 60.000.- arts. 6, 7, 8, 39 L.A. 2212.-)

Regulo los honorarios de los peritos M. Cecilia Barresi en la suma de $ 300.- Francisco José Giambirtone en $ 300.- y Daniel Ambroggio en $ 1.800 .-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Oportunamente pasen en vista a Caja Forense y Rentas.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro