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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0606/2011
Fecha: 2012-02-03
Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ RODRIGUEZ GABRIEL ADRIAN Y OTRO S/ SUMARISIMO
Descripción: DECRETO DE REBELDIA
EXPTE Nº 0606/2011
CARATULA: TARJETA NARANJA S.A. C/ RODRIGUEZ GABRIEL ADRIAN Y OTRO S/ SUMARISIMO
Viedma, febrero de 2012.-
A los escritos de fs. 29 y de fs. 30:
Atento lo solicitado, lo que resulta de la documentación obrante en la causa e informando en este acto la Actuaria, encontrarse vencido el término acordado al accionado para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado, désele por decaido el derecho que para hacerlo tenía y en mérito a lo solicitado, hágase efectivo el apercibimiento previsto por el art. 59 del Código Procesal Civil y Comercial declárase rebelde en el juicio al demandado, Gabriel Adrián Rodriguez. Notifíquese.-
Tiénese presente el nuevo domicilio denunciado.-
A P
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro