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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0669/2004
Fecha: 2012-02-03
Carátula: SALCEDO EZEQUIEL EDUARDO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (PODER JUDICIAL) S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA SECRETARIA Dra. Rodrigo
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
___________
C E D U L A
Señora: Dra. María Lucrecia Rodrigo
Domicilio: ALVARO BARROS Nº 328 P.B. (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "SALCEDO EZEQUIEL EDUARDO C/PROVINCIA DE RIO NEGRO (PODER JUDICIAL) S/ORDINARIO", Expte. Nº 0669/2004, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, febrero 3 de 2.012.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase a los profesionales intervinientes a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras Prosecretaria".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de febrero de 2012.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
*05TXHO.BBBJB7*
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Poder Judicial de Río Negro