Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0669/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2012-02-03

Carátula: SALCEDO EZEQUIEL EDUARDO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (PODER JUDICIAL) S/ ORDINARIO

Descripción: CEDULA SECRETARIA Dra. Rodrigo

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C E D U L A

Señora: Dra. María Lucrecia Rodrigo

Domicilio: ALVARO BARROS Nº 328 P.B. (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "SALCEDO EZEQUIEL EDUARDO C/PROVINCIA DE RIO NEGRO (PODER JUDICIAL) S/ORDINARIO", Expte. Nº 0669/2004, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, febrero 3 de 2.012.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase a los profesionales intervinientes a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras Prosecretaria".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de febrero de 2012.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

*05TXHO.BBBJB7*

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Poder Judicial de Río Negro