Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0409/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2012-02-02

Carátula: SPAIGER CARLOS ALFREDO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO

Descripción: CEDULA SECRETARIA (Dra. Malpeli)

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C E D U L A

Señora: Dra. Verónica Malpeli

Domicilio: ALVARO BARROS Nº 328 P.B. (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "SPAIGER CARLOS ALFREDO C/PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ORDINARIO", Expte. Nº 0409/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, febrero 2 de 2.012.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase a los profesionales intervinientes a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Angela Contreras Prosecretaria".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de febrero de 2012.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

*05TXHO.3O442U*

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Poder Judicial de Río Negro