Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1239/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2012-02-02

Carátula: MOLINA IVANA ALEJANDRA C/ WICIAK OSCAR JUAN Y OTROS S/ ORDINARIO

Descripción: CEDULA SECRETARIA (Dres. Casadei, Collado)

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

___________

C E D U L A

Señores: Dres. Fernando A. Casadei y Augusto Gerardo Collado

Domicilio: Rivadavia nº 65 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "MOLINA IVANA ALEJANDRA C/WICIAK OSCAR JUAN Y OTROS S/ORDINARIO", Expte. Nº 1239/2002, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, febrero 2 de 2.012.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase a los profesionales intervinientes a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras Prosecretaria".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de febrero de 2012.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

*05TXHO.E4YXA0*

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro