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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0725/2011
Fecha: 2011-12-29
Carátula: VOLPONI ELVIO, VOLPONI VITALIANO, VOLPONI VICTOR Y VOLPONI YOLANDA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: INICIA SUCESION
EXPTE. Nº: 0725/2011.-
CARATULA: "VOLPONI ELVIO, VOLPONI VITALIANO, VOLPONI VICTOR Y VOLPONI YOLANDA S/ SUCESION AB INTESTATO".-
Viedma, diciembre de 2.011.-
Por acreditada personería.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de las partidas de defunción acompañadas, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de VITALIANO VOLPONI, VICTOR VOLPONI y YOLANDA VOLPONI.-
Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario Río Negro citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del C.P.C.C.) líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-
Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-
Conforme lo previsto por el art. 699 inc. 1) del C.P.C.C., notifíquese por cédula al presunto heredero denunciado.-
Con relación al causante Elvio Volponi, atento lo expresado a fs. 7 vta., previo a determinar la competencia, prodúzcase la correspondiente información sumaria, a cuyo deberá ofrecer testigos y acompañar el correspondiente interrogatorio.-
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Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro