Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40328

N° Receptoría:

Fecha: 2011-12-29

Carátula: PARRA SEGURA Miguel C/ RIVAS Julio y LARA Luis Anibal S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Descripción: ordena nota de embargo

//neral Roca, 29 de DICIEMBRE de 2011.=

Trábese embargo sobre la parte indivisa (6ta.) del inmueble que le corresponde al demandado Julio Rivas, en los autos "Garcia Tomasa S/Sucesión" (Expte. 33.662-IV-01) hasta cubrir las sumas de $ 28.210.- en concepto de capital con más la de $ 11.300.- calculados para intereses y costas, a cuyo fin póngase nota por Secretaría.

Al punto II, téngase presente.

Al punto III, a la designación de martillero no ha lugar, atento que el acreedor deberá lograr la inscripción de la cuota parte que le corresponde a su deudor previo a la subasta.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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