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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33662IV
Fecha: 2011-12-29
Carátula: GARCIA Tomasa S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: NOTA de EMBARGO
NOTA de EMBARGO: de haberse ordenado en autos "Parra Segura Miguel C/Rivas Julio y Lara Luis Anibal S/Ejecución de Honorarios" (Expte. 40.328) trabar embargo sobre la parte indivisa (6ta.) del inmueble que le corresponde al demandado Julio César Rivas hasta cubrir las sumas de $ 28.210.- en concepto de capital con más la de $ 11.300.- calculados para intereses y costas. NOTA.
Secretaría, 29 de DICIEMBRE de 2011.=
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro