Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 21934III

N° Receptoría:

Fecha: 2011-12-29

Carátula: BAGLIANI Francisco P. T. S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: REGULACION

//neral Roca, 29 de DICIEMBRE de 2.011.=

Proveyendo el escrito de fs. 1425, al punto 1, agréguese y téngase presente.

Por el 50% del inmueble 05-1-D-760-01 regulo los honorarios profesionales del Dr.Roberto Joison en la suma de $ 6.650.- a cargo de los herederos. (M.B. $ 47.508.- arts. 6, 7, 8, 25 y 44 L.A. 2212.-)

Por el 50% del inmueble 04-1-C-473-12 regulo los honorarios profesionales del Dr.Roberto Joison en la suma de $ 1.360.- a cargo de los herederos. (M.B. $ 9.700,70.- arts. 6, 7, 8, 25 y 44 L.A. 2212.-)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Proveyendo el escrito de fs. 1426, téngase presente la conformidad de la Delegación de REntas.

A lo solicitado a fs. 1432, útimo párrafo, previamente cúmplase con Caja Forense y acompáñese libres deudas de Municipalidad, DGR y Aguas Rionegrinas o manifieste si se facultará a la Escribana interviniente para su requerimiento.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro