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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41251
Fecha: 2011-12-28
Carátula: SEGURA Celia Soledad S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: previo
General Roca, 28 de diciembre de 2011.s-
Previo a correr el traslado que dispone el art. 81 del C.P.C. deberá acompañarse debidamente diligenciado el informe del Registro de la Propiedad Inmueble.-
A lo demás oportunamente.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro