Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 21445IIIPRIN

N° Receptoría:

Fecha: 2011-12-20

Carátula: BECKER Ricardo C/ AROCA Ricardo y O. S/ SUMARIO

Descripción: providencia

General Roca, 20 de diciembre de 2011.-

Atento lo peticionado, amplíase la ejecución contra la Provincia de Río Negro y trábese embargo sobre las cuentas que posee la ejecutada en el Banco Patagonia S.A. por las sumas de $ 28.239,46 que se reclaman en concepto de capital, con más la de $ 11.000.- que se presuponen para costas.- ( Se deja constancia que a la planilla aprobada a fs. 1467 vta de $ 34.751,40 se ha deducido la suma de $ 6.511,94 del cheque librado)

Hágase saber que el embargo ordenado precedentemente no podrá superar el 20% de los fondos depositados.- ( art. 55 C.P.).- Dichos montos deberán ser transferidos a la cuenta de autos y a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia S.A. Sucursal General Roca.-

Al punto III.- Concédese la apelación arancelaria interpuesta.-

Oportunamente elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones.-

Previo a la elevación notifíquese la resolución de fs. 1466/7.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro