Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41508

N° Receptoría:

Fecha: 2011-12-20

Carátula: BASCUÑAN Jorge Ernesto S/ AMPARO (IPROSS)

Descripción: Oficios Cédulas amparo bascuñan

General Roca, 20 de diciembre de 2011.-

A la DELEGACION IPROSS

GENERAL ROCA

Oficio Nro.

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "BASCUÑAN Jorge Ernesto S/ AMPARO (IPROSS)" (Expte. 41508) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2 º piso esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que en el término de 48 hs., brinde un amplio informe respecto del menor Bruno Ernesto BASCUÑAN afiliado nro. 1-3-21.384.237/21, además deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto:

1.- Si el menor BRUNO ENRIQUE BASCUÑAN es afiliado a dicha Obra Social, y en su caso si su cobertura está vigente.-

2.- Si hay antecedentes en dicha obra social que el mismo padece de hemofilia severa A.-

3.- Si por ello ha requerido la provisión de Kogenate 1000 unidades, con tres tomas semanales.-

4.- Si dicho reclamo data del mes de octubre de 2011.-

5.- En su caso, respuesta dada por el organismo.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 19 de DICIEMBRE de 2011.- ... líbrese oficio a IPROSS... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 20 de diciembre de 2011.-

A la Dra. Maria Alejandra CEDOLA

GENERAL ROCA

Oficio Nro.

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "BASCUÑAN Jorge Ernesto S/ AMPARO (IPROSS)" (Expte. 41508) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2 º piso esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que INFORME en el término de 48 hs., los siguientes requerimientos en concreto:

1.- Si atiende al paciente BRUNO ENRIQUE BASCUÑAN, en su caso diagnóstico y tratamiento programado.-

2.- Si ha recetado KOGENATE 1000 unidades, con aplicación de tres veces por semana.-

3.- Consecuencias que puede padecer el paciente si no se aplica correctamente.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 19 de DICIEMBRE de 2011.- ... líbrese oficio a IPROSS... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA

Sr. FISCAL DE ESTADO de RIO NEGRO

ALVARO BARROS 328

VIEDMA (Rio Negro)

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "BASCUÑAN Jorge Ernesto S/ AMPARO (IPROSS)" (Expte. N* 41508) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 19 de diciembre de 2011...Notifíquese por cédula al Sr. Gobernandor y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro...Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos- Juez".-

La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- **********************

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 20 de diciembre de 2011 .-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

DIRECCION DE FISCAL DE ESTADO: 25 DE MAYO 565-1º PISO

CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA

Sr. GOBERNADOR de la PCIA. RIO NEGRO

LAPRIDA 212

VIEDMA (Rio Negro)

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "BASCUÑAN Jorge Ernesto S/ AMPARO (IPROSS)" (Expte. N* 41508) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 19 de diciembre de 2011...Notifíquese por cédula al Sr. Gobernandor y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro...Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos- Juez".-

La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- **********************

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 20 de diciembre de 2011 .-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, siendo las 12,30 hs. del día 19 de diciembre de 2011, comparece ante mi Secretaria Autorizante el Sr. JORGE ERNESTO BASCUÑAN, D.N.I N° 21.384.237, que exhibe en el acto, argentino, casado, empleado policial, con domicilio real en calle Anselmo Alvarez al 56 de Allen, quien manifiesta que viene a presentar acción de amparo contra IPROSS, a favor de su hijo BRUNO ERNESTO BASCUÑAN, afiliado N° 1-3-21.384.237/21 quien padece Hemofilia Severa A, por lo que tiene que tener medicación de Kogenate 1000 unidades tres veces por semana, y que IPROSS desde el mes de octubre de este año no realiza las entregas correspondientes.- Que dicha enfermedad produce hemorragia nasal, dolores en las articulaciones, rodillas, manos, etc. y eso le provoca que no puede caminar, y se pueden producir hemorragias internas que son las mas peligrosas, que se manifiestan cuando tiene dolor de cabeza, lo que ocurre cuando si no se encuentra medicado correctamente.- Que realizados los pedidos a IPROSS no ha cumplido con las entregas de la medicación solicitada, lo que trae aparejado serias consecuencias en la salud de Bruno.- El IPROSS Delegación Allen ha hecho reclamo y hasta la fecha no hay respuesta.- Acompaña certificados emitidos por IPROSS Allen de los pedidos formulados.- Que de no hacerse lugar a la entrega de la medicación corre serios riesgos en la evolución de su salud.- Que para evitar mayores daños en la salud, peticiona a mérito de lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial se ordene a IPROSS a remitir en el menor plazo posible el medicamento solicitado para BRUNO ERNESTO BASCUÑAN.- Acompaña documentación que avala sus dichos.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firma el compareciente por ante mi de lo que doy fe.-

General Roca, 19 de diciembre de 2011.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Atento las características procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.-

En consecuencia, conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial, requiérase a IPROSS, un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista, el que deberá ser contestado en el plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO HORAS ( 48 HS.) asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantías de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza al instituto.-

En consecuencia líbrese oficio con adjunción de copia del acta.-

Notifíquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Río Negro, con entrega de copias del acta.- CÚMPLASE POR SECRETARIA.-

IPROSS VIEDMA además del amplio informe requerido deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto.-

1.- Si el menor BRUNO ENRIQUE BASCUÑAN es afiliado a dicha Obra Social, y en su caso si su cobertura está vigente.-

2.- Si hay antecedentes en dicha obra social que el mismo padece de hemofilia severa A.-

3.- Si por ello ha requerido la provisión de Kogenate 1000 unidades, con tres tomas semanales.-

4.- Si dicho reclamo data del mes de octubre de 2011.-

5.- En su caso, respuesta dada por el organismo.-

Asimismo líbrese oficio a la Dra. Maria Alejandra Cedola a fin de que informe:

1.- Si atiende al paciente BRUNO ENRIQUE BASCUÑAN, en su caso diagnóstico y tratamiento programado.-

2.- Si ha recetado KOGENATE 1000 unidades, con aplicación de tres veces por semana.-

3.- Consecuencias que puede padecer el paciente si no se aplica correctamente.-

El oficio deberá ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro