Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0840/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-12-16

Carátula: VAZQUEZ LUIS ALBERTO C/ CASA PATERNO S.A. Y OTRA S/ USUCAPION

Descripción: INICIA USUCAPION - ordinario nuevo

EXPTE. N° 0840/2011

CARATULA: VAZQUEZ LUIS ALBERTO C/ CASA PATERNO S.A. Y OTRA S/ USUCAPION

Viedma, diciembre de 2.011.-

Agréguese y tiénese presente.-

En consecuencia, por promovida demanda de adquisición de dominio por Usucapión respecto del inmueble identificado con la nomenclatura catastral 18-1-A-316-1D inscripto al Tº 190 Fº 53, Tº 586 Fº 40, Tº 681 Fº 202 y Tº 682 Fº 76, la que tramitará de conformidad con lo dispuesto por el art. 789 del C.Pr. por la vía ordinaria (art. 319 del C.Pr.) contra CASA PATERNO SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL INDUSTRIAL INMOBILIARIA FINANCIERA Y AGROPECUARIA y PRODICO SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL INDUSTRIAL E INMOBILIARIA, córrase traslado a los demandados por el término de 25 días, a quienes se cita y emplaza para que la contesten en el plazo indicado, opongan excepciones dentro del plazo de ley y acompañen la documental de que intenten valerse, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59, 60 y 356 del C.Pr., haciéndoseles saber que tanto su silencio, como las respuestas evasivas o la negativa general se estimará como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos expuestos en la demanda, como reconocimiento o recepción de la documentación presentada y que en caso de decretarse su rebeldía se eximirá a la contraparte de acreditar los hechos invocados, que se tendrán por ciertos, salvo que fueran inverosímiles. Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339 y l35 C.Pr.). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-

Rosana Calvetti

Juez

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