Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0013/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-12-16

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ERVIN MARIA RENE S/ DESALOJO (Sumarísimo)

Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA -SUMARISIMOS- AUTOS PARA ALEGAR - se notifica por nota

EXPTE. Nº 0013/2011.-

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ERVIN MARIA RENE S/ DESALOJO (Sumarísimo).-

C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 127 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PRUEBA ACTORA (PCIA. DE RIO NEGRO)

INSTRUMENTAL: Expte. nº 0679/2010 caratulado: "Provincia de Río Negro c/ Ervín María s/ Desalojo (Sumarísimo)" agregado por cuerda a las presentes actuaciones.-

INFORMATIVA: De la Municipalidad de San Antonio Oeste obrante a fs. 123/125.-

SECRETARIA, diciembre de 2.011.-

jc

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

Viedma, diciembre de 2.011.-

Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 486, inciso 5 del C.Pr.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro