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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0013/2011
Fecha: 2011-12-16
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ERVIN MARIA RENE S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA -SUMARISIMOS- AUTOS PARA ALEGAR - se notifica por nota
EXPTE. Nº 0013/2011.-
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ERVIN MARIA RENE S/ DESALOJO (Sumarísimo).-
C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 127 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PRUEBA ACTORA (PCIA. DE RIO NEGRO)
INSTRUMENTAL: Expte. nº 0679/2010 caratulado: "Provincia de Río Negro c/ Ervín María s/ Desalojo (Sumarísimo)" agregado por cuerda a las presentes actuaciones.-
INFORMATIVA: De la Municipalidad de San Antonio Oeste obrante a fs. 123/125.-
SECRETARIA, diciembre de 2.011.-
jc
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
Viedma, diciembre de 2.011.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 486, inciso 5 del C.Pr.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro