Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37100

N° Receptoría:

Fecha: 2006-02-23

Carátula: KLETZEL Juan Jorge en MINIO Jrge E. S/Conc.Preventivo S/ Verificación

Descripción: REGULACION.-

//neral Roca, 23 de Febrero de 2006.-

En atención a lo solicitado y estado de autos, regulo los honorarios del Dr. Martín Fernando Conde Kletzel en la suma de $ 90 (art. 6, 6 bis y 33 Ley 22l2 RN).- MB: $ 6300 cotización de mayor valor.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profgesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquella.-

Notifiquese a las partes y cúmplase con la Ley 869.-

Por la actuación de Sindicatura y letrada de fs. 26, no habiendo gestión útil no ha lugar a la regulación.-

Atento las presentaciones efectuada por el presentante hágase saber al mismo que las posteriores deberán ser suscrtiptas por el Sr.Juan Jorge Kletzel.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro