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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41503
Fecha: 2011-12-16
Carátula: DEPAOLI Flavia Natalia S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: INICIO
General Roca, 16 de diciembre de 2011.-g
Por presentado, parte y con domicilio.-
Por promovido beneficio de litigar sin gastos.-
Cítese a GRACIELA ALICIA MONTOYA y a la Dirección General de Rentas, a fin de que comparezcan a fiscalizar la prueba a producir en autos (art. 80 del C.P.C.) a cuyo fin líbrese cédula.-
Atento que las declaraciones testimoniales no cumplen con los recaudos previstos por el art. 79, inc, 2º y 440 del CPC, acompañense las mismas en debida forma.-
Fecho, líbrense los oficios solicitados.-
Atento lo ordenado precedentemente, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicacion de sus datos personales ( conf. Acord. 112/03 del STJ).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro