Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0620/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2011-12-15

Carátula: BARRIOS BEATRIZ DIONISIA C/ ESTEVANACIO CRISTIAN ELVIO Y OTROS S/ ORDINARIO

Descripción: ha lugar revocatoria

EXPTE. Nº 0620/2006

CARATULA: BARRIOS BEATRIZ DIONISIA C/ ESTEVANACIO CRISTIAN ELVIO Y OTROS S/ ORDINARIO

Viedma, diciembre de 2.011.-

Por interpuesto recurso de revocatoria, con apelación en subsidio.-

Atento las razones expuestas y teniendo en cuenta lo previsto en los arts. 77 y 84 del C.Pr., hágase lugar a lo solicitado. En consecuencia, revócase por contrario imperio lo dispuesto a fs. 367.-

Sin perjuicio de ello y no encontrándose prevista en el código de rito la intimación requerida a fs. 366, a lo solicitado no ha lugar.-

Rosana Calvetti

Juez

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