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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0116/2004
Fecha: 2006-02-22
Carátula: CANALES DOMINGO Y OTRA C/ DANI OSCAR S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: prov
EXPTE. N° 0116/2004
CARATULA: CANALES DOMINGO Y OTRA C/ DANI OSCAR S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, febrero de 2006.-
Atento el estado de autos, constancias de la causa y de conformidad con lo previsto en el art. 304 del C. Pr., tiénese a la parte actora por desistida de la presente acción en contra del sr. Oscar Dani.-
En su mérito y a los fines de la ratificación del acuerdo de fs. 81, fíjase primera audiencia a la que deberán comparecer los sres. Domingo Canales y Elizabeth Lemma, munidos de sus documentos de identidad, cualquier día hábil y en el horario de 8 a 12. Notifíquese.-
Asimimismo y toda vez que el Dr. Guillermo Bustamante no ha suscripto el escrito de fs. 82, requiérase su conformidad con relación a ello.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro